200703151848140balanzaPor la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas lasinstituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley sela considera de naturaleza obligatoria:



El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley

Todo ciudadano que requiera información del Consejo Nacional Electoral o de las Delegaciones Provinciales Electorales debe solicitarla conforme los estipula el Art.19 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dirigiendo una solicitud escrita al señor Presidente del Consejo Nacional Electoral o al Director de cada Delegación Provincial Electoral, en donde debe constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud, adjuntando número telefónico del solicitante para ser contactado posteriormente en caso de requerirlo.

Esta solicitud debe ser entregada en la Secretaría General del Consejo Nacional Electoral (en la Av. 6 de Diciembre N33-122 y Bosmediano, esquina), o en las Secretarias de las Delegaciones Provinciales Electorales.

Adicionalmente, puede contactarse de manera personal, vía telefónica o e-mail, con la siguiente funcionaria quien le ayudará a canalizar sus requerimientos de manera adecuada:

 

Gabriela Cordero 

Coordinación Institucional

Consejo Nacional Electoral

email:  Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Telefono: (593) 02 3815 410 ext: 181 182
Quito-Ecuador"