Con el objetivo de que la ciudadanía se informe sobre la normativa legal electoral y para que los próximos comicios se desarrollen con total normalidad, el Consejo Nacional Electoral de Ecuador (CNE) realizó un taller con apoyo de la Fiscalía General del Estado y del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Este miércoles 29 de marzo, en Quito, se reunieron autoridades de las tres entidades para analizar los temas legales pertinentes, de cara a la Segunda Vuelta Electoral.
El Fiscal General, Galo Chiriboga, explicó que el próximo 2 de abril se buscará que en los comicios se respete las normas debidas. Mientras que, el Presidente del CNE, Juan Pablo Pozo Bahamonde, indicó que la jornada democrática debe cumplirse en paz y con respeto absoluto a la voluntad de la gente. Por ello, entre otras medidas, está garantizado el control y veeduría electoral que realizarán los delegados de los dos grupos políticos que participarán en las elecciones.
Recordó, que el pasado 19 de febrero, varios ciudadanos se apostaron en las afueras del CNE. Esto fue «una expresión democrática y hubo espacio para todas las voces», dijo. No obstante, también hubo personas que atacaron a funcionarios y atentaron contra las instalaciones del organismo electoral.
Precisamente, con el fin de evitar este tipo de inconvenientes, los funcionarios del CNE, TCE y Fiscalía General explicaron cuales serían las violaciones a la norma electoral y el procedimiento para resolverlas.
En primera instancia, el Coordinador Nacional Jurídico del CNE, Ricardo Andrade, explicó cuáles son las principales contravenciones electorales. Entre ellas, la ruptura de la ley seca (que impide el consumo de alcohol 36 horas antes de los comicios), el incumplimiento del silencio electoral (que prohíbe hacer campaña 48 horas antes y durante el día de elecciones), el retardo en el envío de documentos electorales o que un miembro de Junta Receptora del Voto (JRV) impida el voto de algún ciudadano.
Todas las contravenciones, indicó Andrade, son sancionadas por el director de la respectiva Delegación Provincial Electoral y en ningún caso conllevan privación de la libertad. Las sanciones en estos casos son pecuniarias.
Por su parte, en representación del TCE, Natalia Chunga, se refirió a las infracciones electorales que pueden ser cometidas por sujetos (naturales o jurídicos), autoridades o servidores públicos y medios de comunicación.
Los sujetos pueden incurrir en infracciones cuando por ejemplo, incumplen las normas dictadas por el CNE; no se ajustan al gasto electoral o hacen campaña de forma anticipada. En estos casos, se puede imponer como sanción la suspensión de los derechos políticos.
Las autoridades o servidores públicos, en cambio, cometen infracciones cuando usan bienes o recursos públicos en campaña o no brindan la información que el CNE les solicita. Aquí se puede aplicar como sanción multas de hasta 10 remuneraciones basicas y también, se puede destituir a los funcionarios.
En el caso de los medios de comunicación, estos incurren en infracción cuando pautan espacios de propaganda directamente con las organizaciones políticas o los candidatos.
Para resolver todas las infracciones electorales, precisó Chunga, el TCE no puede actuar de oficio. Necesita una denuncia y llevar a cabo el debido juzgamiento.
Finalmente, en representación de la Fiscalía General, Yolanda Paredes se refirió a los Delitos contra los Derechos de Participación que constan en el Código Integral Penal.
Entre los principales constan la obstaculización del proceso electoral, que puede ser sancionado de 3 a 5 años de privación de la libertad; con la misma pena se castiga a quien ejerza violencia o amenazas que impidan la votación. Mientras, la sustracción de papeletas tiene una pena que va de seis meses a un año y la suspensión de derechos de participación.
Otros delitos son la suplantación de ciudadanía o que un mismo ciudadano vote dos o más veces. Cuando esto ocurre la pena puede ir de uno a tres años de privación de la libertad.
Finalmente, el delito más grave de esta índole, anotó Paredes, es el fraude electoral. Este ocurre cuando se alteran los resultados o se impide el escrutinio. La pena va de cinco a siete años de prisión. Adicionalmente, si la persona que comete estas acciones es servidor público, se le impedirá ejercer su cargo por el doble de tiempo que tenga de prisión.
Teniendo claridad sobre la normativa legal electoral, el CNE espera que los comicios del domingo 2 de abril, se desarrollen con total tranquilidad.