El Cambio de Domicilio Electoral es un trámite permanente, gratuito, que está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
¿Quiénes pueden solicitar su Cambio de Domicilio Electoral?
- Las y los ecuatorianos mayores de 16 años, en ejercicio de sus derechos políticos y de participación.
- Las personas extranjeras que hayan residido legalmente en el país por al menos cinco (5) años y se encuentren inscritas en el Registro Electoral, podrán solicitar el cambio de su domicilio electoral.
¿Cómo puedo hacer mi Cambio de Domicilio Electoral?
Presencial: Se realizará a través de las 24 Delegaciones Provinciales Electorales y en las oficinas consulares del Ecuador de las tres circunscripciones especiales del exterior
Virtual: Ingresa al siguiente link y observa el video del paso a paso. https://www.cne.gob.ec/servicios-ciudadanos-2/
Requisitos:
- Cédula de identidad
- No tener multas electorales pendientes
Ubicaciones: https://www.cne.gob.ec/delegaciones-provinciales/
Si vivo en otro país, ¿cómo puedo hacer mi Cambio de Domicilio Electoral?
Los ecuatorianos que habitan en el exterior tendrán acceso al Cambio de Domicilio Electoral de manera presencial en las oficinas consulares del Ecuador de las tres circunscripciones especiales; y de manera virtual desde la página web del CNE.
Puede solicitarlo de forma virtual aquí (https://www.cne.gob.ec/servicios-en-linea/ ) o presencialmente en nuestras 24 Delegaciones Provinciales Electorales, a escala nacional, presentando su cédula de identidad.
El CNE, a través de las Juntas Receptoras del Voto, el día de las elecciones entrega a la ciudadanía un certificado de presentación, el cual tendrá una validez de 90 días en los siguientes casos:
1.- Cuando la o el ciudadano no conste en el Registro Electoral.
2.- Cuando la o el ciudadano se encuentre en la fila para sufragar y no pueda hacerlo debido a la finalización de la jornada electoral (17h00 en el territorio nacional).
Una vez que se verifique que la o el ciudadano no mantenga multas pendientes por pagar, podrá obtener los siguientes certificados:
1.- Certificados de votación
2.- Certificados de apoliticismo
3.- Certificados de empadronamiento
4.- Certificados de no adeudar
La ciudadanía podrá tramitarlos a través de las siguientes modalidades:
En línea (https://www.cne.gob.ec/servicios-en-linea/ )
Presencial: En las 24 Delegaciones Provinciales Electorales
Debe autorizar a la persona llenando el siguiente formulario:
👉 https://www.cne.gob.ec/autorizacion-para-tramite-a-tercero/
Adjunte la documentación solicitada.
El familiar autorizado deberá presentarse en una Delegación Provincial Electoral en Ecuador con la carta de autorización para obtener el certificado sin costo alguno.
Consulte los puntos habilitados a escala nacional aquí: https://www.cne.gob.ec/servicios-en-linea-2/
Recuerde que en nuestras delegaciones electorales NO se aceptan pagos de ningún tipo.
Plazo para el pago de multas
Si la multa no se paga dentro del plazo de un año desde la fecha en la que se generó, se remitirá a la Unidad de Coactivas, conforme al artículo 299 del Código de la Democracia.
Formulario de justificación:
👉 https://www.cne.gob.ec/justificacion-de-inasistencia-a-sufragar-o-integrar-las-juntas-receptoras-del-voto/
Trámite presencial:
Lunes a viernes, de 08h30 a 17h00, en las Delegaciones Provinciales Electorales.
- Por mandato legal
- Por salud o impedimento físico (certificado médico del sistema de salud público o privado)
- Por calamidad doméstica grave ocurrida el día de las elecciones o hasta 8 días antes (debidamente justificada)
- Por encontrarse fuera del país o haber llegado el mismo día (con pasaporte o registro migratorio)
- Por participar en actividades propias del evento electoral
- Por tener voto facultativo (según la Constitución del Ecuador)
También pueden justificar:
Personal médico, enfermeras, estudiantes de medicina, internos rotativos, médicos rurales y trabajadores de salud pública que estuvieron de turno el día de las elecciones.
Presentación de justificaciones:
Puede presentarlas a partir del día siguiente a las elecciones, en las Delegaciones Provinciales, acompañadas del formulario y la documentación de respaldo.
Formulario disponible aquí
La compensación económica para los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) se realizará una vez culminado el proceso electoral. El Consejo Nacional Electoral informará oportunamente las fechas, puntos y mecanismos habilitados para el cobro correspondiente.
Registre un usuario en:
👉 https://app02.cne.gob.ec/sscne/frmUsuario.aspx
Inicie sesión y seleccione el trámite que desea realizar.
El Certificado de votación que se genera en línea es válido para trámites públicos y privados. El documento cuenta con un código QR que permite su validación en la web: www.cne.gob.ec