Pedidos de revocatoria de mandato del Guayas negadas por incumplimiento de requisitos legales

150414 cne pleno

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), en sesión del 14 de abril, resolvió acoger los informes jurídicos que recomendaban negar las solicitudes de entrega de formatos de formularios para la revocatoria de mandato de los asambleístas Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali, Dr. Cristian Viteri López y Dr. Nicolás Issa Wagner, de la provincia del Guayas, circunscripción 3, solicitada por el señor Dr. Luis Serrano Figueroa, director provincial del Movimiento Salud y Trabajo (MST), Lista 62, y su abogada patrocinadora Elsa Cifuentes Vásconez, por no cumplir con el artículo 25 reformado de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y el artículo 14 del Reglamento para el ejercicio de la democracia directa a través de la iniciativa popular normativa, consultas populares, referéndum y revocatoria del mandato.

Las peticiones del Movimiento Salud y Trabajo fueron negadas por improcedentes, al no cumplir con los requisitos legales necesarios para la revocatoria, además no estar incursos en causales de inhabilitación, no constar en el registro de la circunscripción para la revocatoria del mandato y porque no se enmarcarse en los artículos 13, 14 y 16 del Reglamento de la Democracia.

La Secretaría General del CNE notificará al Dr. Luis Serrano Figueroa, director del Movimiento Salud y Trabajo (MST), a su abogada patrocinadora Elsa Cifuentes Vásconez, a los asambleístas Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali, Dr. Cristian Viteri y Nicolás Issa Wagner, a la Asesoría Jurídica del Director Provincial Electoral del Guayas y al Tribunal Contencioso Electoral, para trámites de ley.